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Almacenamiento con baterías: regulación en Colombia

Qué regula la CREG 101 113 de 2026 para baterías (SAEB): activo de red, independiente o híbrido, requisitos GFL y GFM, AGPE con baterías y RETIE.

Por Shadai García, CEO e ingeniero de protecciones de Tiza Group.

red del ORPC67/32BT/MT~=PCSbateríasBMScontra incendioEMScentro de control12345carga: la red alimenta las bateríasreposodescarga: las baterías entregan a la redSoCP a la redtdescargacargasin falla: el PCS invierte el sentido del flujoCadenaBMSPCSTransformadorPunto de conexiónEMS/SCADA© tizagrp.comred del ORPC67/32BT/MT~=PCSbateríasBMScontra incendioEMScentro de control12345carga: la red alimenta las bateríasreposodescarga: las baterías entregan a la redSoCP a la redtdescargacargasin falla: el PCS invierte el sentido del flujoCadenaBMSPCSTransformadorPunto de conexiónEMS/SCADA© tizagrp.com
Comisionamiento de sistemas BESS: del BMS al punto de conexión. Ubicación en el sistema y principio de funcionamiento. Ilustrativo: los valores reales salen de la placa y del manual del fabricante.
Respuesta corta

Desde junio de 2026 el almacenamiento con baterías en Colombia se rige por la Resolución CREG 101 113 de 2026, que derogó la CREG 098 de 2019. La resolución reconoce tres formas de conectar un sistema de almacenamiento con baterías (SAEB): como activo de red, como SAEB independiente de 5 MW o más que participa en el mercado, y dentro de un recurso de generación híbrido junto a una planta. Fija requisitos técnicos según la capacidad: los SAEB de 1 MW o más deben ser formadores de red (GFM). Los productos y la instalación siguen además el RETIE.

La norma vigente: CREG 101 113 de 2026

La Resolución CREG 101 113 de 2026, publicada en el Diario Oficial 53.530 del 22 de junio de 2026, define las reglas de instalación, operación y aspectos comerciales de los sistemas de almacenamiento de energía con baterías (SAEB) en el Sistema Interconectado Nacional. Rige desde su publicación y derogó la CREG 098 de 2019, que trataba los SAEB como solución a la falta o insuficiencia de redes de transporte en el STN o el STR. Otras tecnologías de almacenamiento quedan para una resolución aparte.

Además de sus propias reglas, la 101 113 modificó la CREG 075 de 2021, la CREG 174 de 2021, el Código de Redes, la CREG 024 de 1995 y el Código de Medida (vea medidor bidireccional para AGPE), para que el almacenamiento tuviera lugar en cada uno.

Tres formas de conectar un SAEB

ModalidadQué esRasgos principales
SAEB como activo de redActivo de uso del STN, el STR o el SDLSu necesidad se identifica para fines como postergar inversiones, mejorar tensión y frecuencia, soportar contingencias, gestionar congestiones o sostener islas; se remunera como activo de red y lleva interventoría en STN y STR
SAEB independienteNo comparte activos de conexión con ninguna plantaCapacidad de 5 MW o más, fronteras de carga y de descarga más frontera de consumo auxiliar; participa en el mercado mayorista y presta regulación primaria de frecuencia obligatoria
Recurso de generación híbridoPlanta de generación con un SAEB en sus instalacionesUna única frontera de generación para el conjunto y una frontera de consumo auxiliar

Una planta solar con baterías detrás del mismo punto de conexión es, en la regulación, un recurso de generación híbrido; la arquitectura de ese acople se explica en sistema solar híbrido con baterías. Un autogenerador que aplica la CREG 174 y agrega baterías queda en las reglas de transición del artículo 61, que trata justamente los recursos híbridos que aplican esa resolución.

Requisitos técnicos según la capacidad

El artículo 71 fija lo que debe cumplir un SAEB en el punto de conexión y encarga al CNO actualizar sus acuerdos de conexión, operación, protecciones, supervisión, parametrización y pruebas de los SAEB.

SAEB de menos de 1 MW. Puede ser seguidor de red (GFL), el control clásico de inversor que necesita un lazo de seguimiento de fase (PLL). Debe dar soporte de tensión y de frecuencia, operación ante falla (FRT), respuesta rápida de corriente activa y reactiva en secuencia positiva y negativa, y supervisión. En el SDL la supervisión la hace el operador de red.

SAEB de 1 MW o más. Debe ser formador de red (GFM): el inversor genera y mantiene tensión y frecuencia estables aun sin máquinas síncronas en la red. Entre sus requisitos:

  • Operación estable con relación de cortocircuito (SCR) entre 1,2 y 20 y relación X/R entre 2,4 y 30.
  • Mitigación de saltos de amplitud y de ángulo de tensión (hasta 60°) con tiempos de respuesta y de establecimiento definidos.
  • Soporte de tasas de cambio de frecuencia de hasta 5 Hz/s.
  • Aporte de corriente activa y reactiva de al menos 1,5 veces la nominal durante al menos 5 s.
  • Inercia sintética con respuesta mínima de 3 s respecto de su capacidad nominal.
  • Amortiguamiento de oscilaciones subsíncronas y supersíncronas.
  • Capacidad de arranque autónomo y permanencia ante eventos según las curvas de LVRT y HVRT.

Vea huecos de tensión y soporte de red en renovables y estudios que exige el CNO, porque estos requisitos se demuestran con modelos y simulaciones RMS y EMT.

Qué tipo de control debe tener un SAEB según la CREG 101 113 de 2026
  • ¿El SAEB forma parte de un recurso híbrido que aplica la CREG 174 de 2021?
    • Sí¿Entra en operación comercial hasta el 31 de diciembre de 2029?
      • SíSeguidor de red (GFL) con los requisitos del artículo 71, sin importar su capacidad
      • NoGFL si es de menos de 1 MW; formador de red (GFM) si es de 1 MW o más
    • No¿La capacidad nominal del SAEB es de 1 MW o más?
      • SíFormador de red (GFM) con los requisitos del literal b) del artículo 71
      • NoPuede ser seguidor de red (GFL) con los requisitos del literal a) del artículo 71

Baterías con autogeneración: lo que cambió en la CREG 174

La 101 113 tocó la CREG 174 en tres puntos:

  • Artículo 12: un parágrafo nuevo exige que, cuando haya almacenamiento, la verificación de requisitos técnicos siga también la 101 113.
  • Artículo 14: reescribió la tabla de documentos de los procedimientos simplificados de conexión, que en su versión vigente incluye a los AGGE de menos de 5 MW.
  • Artículo 61 (de la 101 113): reglas de transición para los recursos híbridos que aplican la 174: control GFL obligatorio hasta 2029 y requisitos por capacidad desde 2030; los requisitos del SAEB se comprueban por separado de los del activo de generación.

El trámite general se explica en autogeneración a pequeña escala.

Producto e instalación: lo que pide el RETIE

El RETIE (Resolución 40117 de 2024, modificada por la 40284 de 2026) trata las baterías o sistemas de acumulación como producto en el artículo 2.3.3 del Libro 2, con requisitos adaptados de normas como la IEC 62619, la IEC 61427-1 y -2, la IEC 62133-2 y la UL 9540. Su instalación, en el artículo 3.17.3 del Libro 3, pide entre otros:

  • Medio de desconexión accesible y a la vista de las baterías, rotulado con la tensión nominal y la corriente de cortocircuito disponible.
  • Protección adicional cuando la corriente de cortocircuito de la batería supera la capacidad de interrupción o de soporte de los equipos del circuito.
  • Requisitos de la sección 1207.1 del International Fire Code 2021 cuando la energía almacenada supera los umbrales de su tabla 3.17.3 a.
  • Baterías de ciclo profundo con profundidad de descarga mayor del 80 % en procesos de generación con FNCER.
  • Plan de mantenimiento con las variables a revisar (tensión de flotación, temperaturas, resistencia interna o conductancia, entre otras).

En baja tensión, la NTC 2050 segunda actualización, basada en la NFPA 70-2017, trata los sistemas de almacenamiento de energía en su sección 706.

Cómo le ayudamos

Un SAEB se prueba en tres capas: la batería y su sistema de gestión, el convertidor y su control, y el punto de conexión con sus protecciones. En Tiza Group hacemos la puesta en servicio de plantas solares en media, alta y extra alta tensión, incluidas las protecciones de conexión de los recursos híbridos, y el estudio de conexión que verifica los requisitos de la red. Vea también comisionamiento de sistemas BESS. Escríbanos con la capacidad y el punto de conexión de su proyecto.

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Referencias

  • Resolución CREG 101 113 de 2026, mecanismos para incorporar sistemas de almacenamiento de energía eléctrica con baterías (SAEB) en el SIN (Diario Oficial 53.530, 22 de junio de 2026): artículos 1, 3, 4, 61, 70, 71, 106, 107 y 108.
  • Resolución CREG 098 de 2019 (derogada), antecedente.
  • Resolución CREG 174 de 2021, artículos 12 y 14 modificados.
  • Ministerio de Minas y Energía, Resolución 40117 de 2024 (RETIE), modificada por la Resolución 40284 de 2026: artículos 2.3.3 y 3.17.3.
  • ICONTEC, NTC 2050 segunda actualización, sección 706; NFPA 70-2017, artículo 706, Energy Storage Systems.
  • International Code Council, International Fire Code 2021, sección 1207.

Preguntas frecuentes

¿La CREG 098 de 2019 sigue vigente para baterías?

No. La Resolución CREG 101 113 de 2026, publicada en el Diario Oficial el 22 de junio de 2026, derogó la CREG 098 de 2019 y las normas que le sean contrarias. Hoy es la norma que define la instalación, operación y aspectos comerciales de los sistemas de almacenamiento con baterías (SAEB) en el SIN.

¿Qué es un recurso de generación híbrido?

Es una planta o unidad de generación que tiene un SAEB en sus instalaciones, de modo que el conjunto tiene una única frontera de generación, más una frontera independiente de consumo auxiliar o propio (CREG 101 113 de 2026, artículo 3). Es el caso de una planta solar con baterías detrás del mismo punto de conexión.

¿Qué requisitos técnicos tiene una batería conectada junto a un AGPE?

Según el artículo 61 de la CREG 101 113 de 2026, si el recurso híbrido aplica la CREG 174 de 2021 y entra en operación comercial hasta el 31 de diciembre de 2029, el SAEB debe ser seguidor de red (GFL) con los requisitos técnicos y operativos que fija el artículo 71, sin importar su capacidad. Desde 2030, el SAEB de menos de 1 MW cumple los requisitos de los SAEB menores de 1 MW y el de 1 MW o más, los de formador de red (GFM).

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