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Código de Redes CREG 025: qué exige a la generación

Estructura del Código de Redes (CREG 025 de 1995) y lo que exige a una planta solar: conexión, protecciones, supervisión, servicios, operación y medida.

Por Shadai García, CEO e ingeniero de protecciones de Tiza Group.

barra STR / STN=~=~elevadorbarra MTinversoresFVpunto de conexiónPPCconsignasCND (XM)P–f: escalón de sobrefrecuenciafPTr ≤ 2 sTe ≤ 15 sQ–V: escalón de consigna de tensiónVQTr < 2 sTe < 10 scurva de capacidadP/PnQ/Pn±0,33±0,228±0,1Tr: llega al 3 % del cambio · Te: queda en ±3 %ProcesoCREG 060Acuerdo CNOPruebasModelo validadoOp. comercial© tizagrp.combarra STR / STN=~=~elevadorbarra MTinversoresFVpunto de conexiónPPCconsignasCND (XM)P–f: escalón de sobrefrecuenciafPTr ≤ 2 sTe ≤ 15 sQ–V: escalón de consigna de tensiónVQTr < 2 sTe < 10 scurva de capacidadP/PnQ/Pn±0,33±0,228±0,1Tr: llega al 3 % del cambio · Te: queda en ±3 %ProcesoCREG 060Acuerdo CNOPruebasModelo validadoOp. comercial© tizagrp.com
CREG 060: control de frecuencia y de tensión, y curva de capacidad P/Q. Ubicación en el sistema y principio de funcionamiento. Ilustrativo: los valores reales salen de la placa y del manual del fabricante.
Respuesta corta

El Código de Redes, Resolución CREG 025 de 1995, es parte del Reglamento de Operación del Sistema Interconectado Nacional y reúne cuatro códigos: planeamiento de la expansión, conexión, operación y medida. A una planta solar conectada al STN o al STR le exige, sobre todo desde la CREG 060 de 2019, tiempos de despeje de fallas, protección de falla de interruptor, protecciones de tensión y frecuencia en el punto de conexión, servicios de control de tensión y frecuencia, supervisión, modelos para el CND y pronósticos de generación.

Qué es el Código de Redes

La Resolución CREG 025 de 1995 estableció el Código de Redes como parte del Reglamento de Operación del Sistema Interconectado Nacional al que se refieren las leyes 142 y 143 de 1994. Su anexo general lo forma con cuatro códigos:

CódigoQué regulaAnexos principales
Planeamiento de la Expansión del STNInformación que entregan los agentes a la UPME para el plan de expansiónApéndices de información estándar y detallada
ConexiónRequisitos técnicos mínimos para diseñar, construir, montar, poner en servicio, operar y mantener la conexión al STNCC.1 líneas, CC.2 subestaciones, CC.3 telecomunicaciones, CC.4 protecciones, CC.5 registro de fallas, CC.6 supervisión y control, CC.7 planos
OperaciónPlaneamiento operativo, despacho, control de frecuencia y tensión, pruebasCO.1 a CO.4
MedidaSistemas de medida de las fronterasHoy reemplazado por el Código de Medida de la CREG 038 de 2014

El propio código prevé cómo cambia: cualquier empresa puede proponer modificaciones al CNO, que da concepto previo, y la CREG las aprueba. Las dudas de interpretación se resuelven en primera instancia en el CNO. Por eso el Código de Redes de hoy es el texto de 1995 más tres décadas de resoluciones, y se lee en su versión compilada.

Las modificaciones que importan a una planta solar

  • CREG 060 de 2019: modificaciones y adiciones para permitir la conexión y operación de plantas solares fotovoltaicas y eólicas. Es la que más cambió el código para esta tecnología. Vea CREG 060 de 2019.
  • CREG 075 de 2021: subrogó, para los proyectos clase 1, las reglas del punto de conexión del numeral 4.1.1 del Código de Conexión. Vea procedimiento de conexión CREG 075.
  • CREG 101 104 de 2026: procedimiento de normalización para plantas solares en el SDL que pasaron a estado de pruebas, con ajustes a la CREG 060 de 2019 y otras.
  • CREG 101 113 de 2026: incorporó los sistemas de almacenamiento con baterías (SAEB) y los recursos de generación híbridos como usuarios del Código de Conexión, entre otros cambios.
  • CREG 101 119 de 2026: medidas transitorias para las desviaciones de las plantas de generación variable.

Código de Conexión: lo que se le pide al generador

A quién aplica. A cualquier usuario conectado al STN, directa o indirectamente: generadores, recursos híbridos, SAEB, distribuidores, transmisores regionales y grandes consumidores (numeral 3, modificado por la CREG 101 113 de 2026).

Protecciones (numeral 8.1.2, modificado por la CREG 060 de 2019). Para limitar el impacto en el STN de las fallas del generador:

  • Despeje de las protecciones primarias no mayor de 80 ms en 500 kV y 100 ms en 220 kV, desde el inicio de la falla hasta la extinción del arco.
  • Protección de respaldo con despeje no mayor de 300 ms para fallas en la conexión de alta tensión.
  • En conexiones de 220 kV o más, protección de falla de interruptor que dispare los interruptores locales y remotos en un tiempo ajustable entre 100 ms y 500 ms. En plantas solares y eólicas debe ir en un relé independiente de las protecciones del equipo protegido o como función de la diferencial de barras.
  • Protección de sobre y baja frecuencia según el Código de Operación, también para plantas solares.
  • Protecciones de sobre y baja tensión en el punto de conexión, con criterios y ajustes definidos por el CND.
  • La protección de pérdida de sincronismo no se exige a las plantas solares y eólicas.

Vea protecciones de una planta solar.

Modelos (numeral 8.2.4). Las plantas solares y eólicas que se conectan al STN y al STR entregan al CND, seis meses antes de entrar en operación, los modelos preliminares de la planta y sus controles para estudios RMS, con control de frecuencia y potencia activa y de tensión y potencia reactiva. Vea pruebas de modelos y parámetros ante el CNO.

Servicios (numeral 13.1). Además del control de tensión y potencia reactiva y de la regulación secundaria con AGC, las plantas solares conectadas al STN y al STR deben prestar respuesta rápida de corriente reactiva y regulación de frecuencia mediante un control de potencia activa y frecuencia. Lo resuelve el controlador de planta solar.

Supervisión y medidas (Anexo CC.6). La CREG 060 añadió requisitos de supervisión, medidas, telecomandos, variables meteorológicas y calidad y disponibilidad de las medidas para plantas solares y eólicas conectadas al STN y al STR. Vea supervisión SCADA y PMU para plantas renovables.

Protecciones del sitio de conexión (Anexo CC.4). Fija criterios generales (confiabilidad, seguridad, selectividad, rapidez), pide protecciones preferiblemente digitales o numéricas, duplicadas cuando un relé reúne varias funciones, y obliga al interesado a presentar al transportador sus esquemas para aprobación y a coordinar con él los ajustes.

Dónde aparece el Código de Redes en un parque solar
  1. 01PlaneamientoInformación a la UPME para el plan de expansión
  2. 02ConexiónProtecciones, despeje de fallas, 50BF, 27/59 y 81 en el punto de conexión
  3. 03ModelosEntrega al CND seis meses antes para estudios RMS
  4. 04SupervisiónSeñales, telecomandos y variables meteorológicas al CND
  5. 05OperaciónPronósticos, control de tensión, rampas y pruebas de capacidad
  6. 06MedidaFrontera de generación con el Código de Medida de la CREG 038 de 2014

Código de Operación

La CREG 060 de 2019 añadió al Código de Operación los pronósticos de generación de corto y muy corto plazo, modificó el control de voltaje (numeral 5.7), agregó la rampa operativa de arranque y parada (numeral 5.8) y ajustó las pruebas que el CND y los organismos de control pueden pedir a una empresa generadora para demostrar los parámetros declarados (numeral 7.1). Los acuerdos del CNO desarrollan la parte técnica de esos requisitos.

Lo que el Código de Redes no cubre

  • La red de distribución local: se rige por el Código de Distribución (CREG 070 de 1998) y, para la conexión de autogeneradores y generación distribuida, por la CREG 174 de 2021.
  • Las protecciones de conexión con el detalle de ajustes y pruebas: las fija el Acuerdo CNO 2233 de 2026. Vea requisitos de protección del Acuerdo CNO 2233.
  • La seguridad de las instalaciones: la fija el RETIE.

Cómo le ayudamos

En Tiza Group hacemos los estudios de conexión que verifican el cumplimiento del Código de Redes y de los acuerdos del CNO, y la puesta en servicio de plantas solares con la prueba de las protecciones del punto de conexión en alta y extra alta tensión, para plantas de generación, subestaciones e industria. Escríbanos con el nivel de tensión y la etapa de su proyecto.

Guías relacionadas

Referencias

  • Resolución CREG 025 de 1995, Código de Redes (texto compilado del gestor normativo de la CREG, con notas de vigencia).
  • Resolución CREG 060 de 2019, conexión y operación de plantas solares fotovoltaicas y eólicas en el SIN.
  • Resolución CREG 075 de 2021, asignación de capacidad de transporte.
  • Resoluciones CREG 101 104, 101 113 y 101 119 de 2026.
  • Resolución CREG 038 de 2014, Código de Medida.
  • Resolución CREG 070 de 1998, Reglamento de Distribución.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Código de Redes en Colombia?

Es el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, parte del Reglamento de Operación al que se refieren las leyes 142 y 143 de 1994. Lo forman el Código de Planeamiento de la Expansión del STN, el Código de Conexión, el Código de Operación y el Código de Medida, y se complementa con resoluciones posteriores de la CREG y acuerdos del CNO.

¿Qué tiempos de despeje de fallas exige el Código de Redes a un generador?

El numeral 8.1.2 del Código de Conexión, modificado por la CREG 060 de 2019, fija para las protecciones primarias un despeje no mayor de 80 ms en 500 kV y de 100 ms en 220 kV, desde el inicio de la falla hasta la extinción del arco en el interruptor, y una protección de respaldo no mayor de 300 ms para fallas en la conexión de alta tensión del generador.

¿El Código de Redes aplica a una planta solar conectada en media tensión?

El Código de Conexión se aplica a los usuarios conectados al STN, directa o indirectamente. La CREG 060 de 2019 extendió buena parte de sus requisitos a las plantas solares y eólicas conectadas al STR. En el sistema de distribución local aplican además el Código de Distribución, la CREG 174 o la 075 según el caso y los acuerdos del CNO.

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