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Normatividad colombiana para subestaciones y pruebas

RETIE vigente, RETILAP, Código de Redes (CREG 025 de 1995), Código de Medida, CREG 075 y 174 de 2021, NTC 2050 y NTC 4552: qué exige cada una.

Por Shadai García, ingeniero electricista, fundador y CEO de Tiza Group.

reglamento: RETIEcontrato y especificaciónnorma de producto (IEC / IEEE)guía de ensayo y mantenimientoorden habitual en un proyectoequipos primariosIEC 60076 · 62271 · 61869 · IEEE C57proteccionesIEC 60255 · IEEE C37.90FAT y SATIEC 61850-4 · IEC 62381comunicacionesIEC 61850-10 · IEEE 1588ColombiaRETIE · CREG 025 · NTCla edición vigente se confirma antes de cada proyectoDocumentosReglamentoNormaProtocoloInforme© tizagrp.comreglamento: RETIEcontrato y especificaciónnorma de producto (IEC / IEEE)guía de ensayo y mantenimientoorden habitual en un proyectoequipos primariosIEC 60076 · 62271 · 61869 · IEEE C57proteccionesIEC 60255 · IEEE C37.90FAT y SATIEC 61850-4 · IEC 62381comunicacionesIEC 61850-10 · IEEE 1588ColombiaRETIE · CREG 025 · NTCla edición vigente se confirma antes de cada proyectoDocumentosReglamentoNormaProtocoloInforme© tizagrp.com
Normas para pruebas eléctricas: cuál aplica a cada tipo de prueba. Ubicación en el sistema, principio de funcionamiento e IEC 61850. Ilustrativo: los valores reales salen de la placa y del manual del fabricante.
Respuesta corta

En Colombia, una subestación debe cumplir el RETIE, que hoy es la Resolución 40117 de 2024 del Ministerio de Minas y Energía, modificada por la Resolución 40284 del 23 de junio de 2026. Para conectarse al sistema rige la regulación de la CREG: el Código de Redes (Resolución 025 de 1995), con las pruebas de protecciones antes de la puesta en servicio; el Código de Medida (Resolución 038 de 2014); la asignación de capacidad (Resolución 075 de 2021) y la autogeneración a pequeña escala (Resolución 174 de 2021). Las normas NTC se aplican cuando un reglamento o un contrato las exige.

Qué es obligatorio y qué no

En Colombia conviven tres tipos de documentos, con distinto peso legal:

  • Reglamentos técnicos del Ministerio de Minas y Energía, como el RETIE. Son obligatorios.
  • Regulación de la CREG, que fija las reglas para conectarse y operar en el Sistema Interconectado Nacional (SIN). Es obligatoria para quien se conecta.
  • Normas técnicas colombianas (NTC) de ICONTEC. Son voluntarias por sí mismas (el Decreto 1595 de 2015 define la norma técnica como un documento cuya observancia no es obligatoria) y se vuelven exigibles cuando un reglamento o un contrato las pide.

Las normas internacionales IEC, IEEE y NETA entran por la puerta del reglamento, de la especificación del operador de red o del contrato. Esta guía hace parte de la serie de normas para pruebas en subestaciones, junto con las normas para puesta en servicio, FAT y SAT y las normas para pruebas de protecciones. Todo lo citado aquí se verificó en los sitios del Ministerio de Minas y Energía, del gestor normativo de la CREG y de ICONTEC.

Reglamentos técnicos del Ministerio de Minas y Energía

DocumentoResolución vigenteQué cubreEstado
RETIE (Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas)Resolución 40117 de 2024, modificada por la Resolución 40284 del 23 de junio de 2026Requisitos de seguridad de las instalaciones eléctricas y de sus productos, y evaluación de la conformidad; cuatro librosVigente
RETIE: disposiciones transitoriasResolución 40304 del 2 de julio de 2025Modifica las disposiciones transitorias del artículo 3 y del Libro 3 de la Resolución 40117 de 2024Vigente
RETIE anteriorResolución 90708 del 30 de agosto de 2013Versión anterior del RETIE, con sus modificacionesModificado por la Resolución 40117 de 2024; consultar las disposiciones transitorias
RETILAP (Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público)Resolución 40150 de 2024, modificada por la Resolución 40286 del 23 de junio de 2026Sistemas de iluminación y alumbrado públicoVigente

El RETIE vigente está organizado en cuatro libros: aspectos generales, productos objeto del RETIE, instalaciones objeto del RETIE y evaluación de la conformidad. Para una subestación, lo que más se consulta es el Libro 3, de instalaciones, con los requisitos generales y específicos de subestaciones y los del sistema de puesta a tierra, que exigen medir la resistencia de puesta a tierra antes de la puesta en funcionamiento, y el libro de evaluación de la conformidad, que lleva a la certificación y el dictamen de inspección.

Regulación de la CREG

ResoluciónTítulo oficialQué cubreEstado
CREG 025 de 1995Por la cual se establece el Código de Redes, como parte del Reglamento de Operación del Sistema Interconectado NacionalCódigos de planeamiento, conexión, operación y medida; requisitos de puesta en servicioVigente, con múltiples modificaciones
CREG 216 de 1997Por la cual se modifican las disposiciones contenidas en el Numeral 10.7 del Código de Conexión, en lo referente a las pruebas que deben efectuarse a las conexiones al STN que entrarán en operaciónPruebas a las conexiones al STN antes de entrar en operaciónIncorporada al Código de Redes
CREG 038 de 2014Por la cual se modifica el Código de Medida contenido en el Anexo general del Código de RedesSistemas de medición de fronteras comercialesVigente
CREG 075 de 2021Por la cual se definen las disposiciones y procedimientos para la asignación de capacidad de transporte en el Sistema Interconectado NacionalSolicitud y asignación de capacidad de conexiónVigente
CREG 174 de 2021Por la cual se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el Sistema Interconectado NacionalConexión de AGPE y generación distribuidaVigente, modificada entre otras por la Resolución CREG 101 072 de 2025
CREG 060 de 2019Modificaciones y adiciones transitorias al Reglamento de Operación para permitir la conexión y operación de plantas solares fotovoltaicas y eólicas en el SINRequisitos y pruebas de plantas solares y eólicasVigente, con modificaciones

Lo que dice el Código de Redes sobre las pruebas

El Código de Conexión fija en su numeral 10 los requisitos para la puesta en servicio de una conexión al STN. Lo más relevante para pruebas:

  • 10.3 Protecciones: el usuario entrega el estudio de coordinación con tres meses de anticipación, ajusta las protecciones junto con el transportador y debe tener los relés probados y calibrados con esos ajustes.
  • 10.5 Registro de fallas: el registrador debe estar operativo y enviar su información a la estación de análisis de fallas que indique el transportador.
  • 10.6 Supervisión y control: la RTU debe haber superado las pruebas punto a punto, locales y remotas.
  • 10.7 Prueba de la conexión: pruebas que simulan fallas por inyección para verificar interrupción, protección, control, registro de fallas y telecomunicaciones; pruebas sincronizadas por satélite para esquemas que comparan información entre extremos; supervisión del transportador e informe final de pruebas.

En la práctica, esto se traduce en pruebas de inyección secundaria a cada relé y pruebas de extremo a extremo de los esquemas de teleprotección.

Normas técnicas colombianas (ICONTEC)

NormaTítuloQué cubreEdición vigente
NTC 2050Código Eléctrico ColombianoInstalaciones eléctricas de uso finalSegunda actualización
NTC 4552-1Protección contra el rayo. Parte 1: Principios generalesPrincipios de protección contra rayos2022
NTC 4552-2Protección contra el rayo. Parte 2: Evaluación del riesgoEvaluación del riesgo por rayo2023
NTC 4552-3Protección contra el rayo. Parte 3: Daños físicos a estructuras y riesgos a la vidaSistemas de protección contra rayos2023
NTC-IEC 61869-9Transformadores de instrumentos. Parte 9: Interfaz digital para transformadores de instrumentosAdopción de IEC 61869-92022
NTC-IEC 61869-10 y 61869-11Transformadores de instrumentos de baja potencia, de corriente y de tensiónAdopción de IEC 61869-10 y -112022
NTC 3654Transformadores de potencia tipo secoTransformadores secos2023

Otros actores que fijan requisitos

  • El operador de red o el transportador publica sus normas de diseño, construcción y conexión, y revisa el protocolo de pruebas. Vea operadores de red en Colombia y conexión a la red en Colombia.
  • XM, como Centro Nacional de Despacho, recibe modelos y verifica las pruebas de plantas de generación.
  • El Consejo Nacional de Operación (CNO) expide acuerdos y circulares técnicas, por ejemplo sobre requisitos de protecciones para generación y autogeneración. Antes de un proyecto conviene revisar los vigentes en su sitio.

Cómo usar esta normatividad en un proyecto

  1. Confirme qué versión del RETIE aplica según la fecha del proyecto y las disposiciones transitorias.
  2. Pida al operador de red o al transportador su norma de conexión y el formato del protocolo de pruebas.
  3. Si se conecta al STN, planee desde el inicio el estudio de coordinación y las pruebas del numeral 10.7 del Código de Conexión.
  4. Defina en el contrato qué norma internacional rige los ensayos de cada equipo: el RETIE y la CREG dicen qué se exige, pero no cómo medir cada parámetro.

Le ayudamos a cumplir

En Tiza Group preparamos y ejecutamos las pruebas que exigen el RETIE, el Código de Redes y su operador de red: pruebas a transformadores, inyección secundaria, pruebas FAT y SAT y puesta en servicio de plantas solares. También revisamos ajustes con configuración remota de relés. Contáctenos.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el RETIE vigente?

El que publica el Ministerio de Minas y Energía: la Resolución 40117 de 2024, modificada en su última versión por la Resolución 40284 del 23 de junio de 2026, organizada en cuatro libros. La Resolución 90708 de 2013 fue el RETIE anterior. Conviene revisar las disposiciones transitorias antes de aplicar uno u otro a un proyecto en curso.

¿Qué pruebas exige la CREG antes de conectar una subestación al STN?

El Código de Conexión del Código de Redes pide un estudio de coordinación de protecciones con tres meses de anticipación, relés probados con los ajustes definitivos y, en su numeral 10.7, pruebas que simulan fallas por inyección, coordinadas con el transportador, el CND y el CRD, con informe final de pruebas.

¿El RETIE obliga a hacer pruebas de factor de potencia o de descargas parciales?

No. Los requisitos del RETIE para subestaciones son de diseño, construcción y seguridad, y sí exige, por ejemplo, medir la resistencia de puesta a tierra antes de la puesta en funcionamiento. Los ensayos de diagnóstico, como factor de potencia o descargas parciales, y sus criterios de aceptación se toman de las normas IEC, IEEE o NETA que pidan el operador de red o el contrato.

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