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Certificación RETIE y dictamen de inspección: cuándo aplica

Qué es la certificación RETIE, cuándo exige dictamen de un organismo de inspección acreditado, qué declaraciones se firman y por qué la pide el operador.

Por Shadai García, ingeniero electricista, fundador y CEO de Tiza Group.

cliente y proyectooperador de redUPME / XMinspección RETIEdiseñoconstruccióninspeccióndictamenreporteSICERCOenergizaciónsi el operador pide correcciones, vuelve a la revisiónservicio de trámites: próximamenteActoresClienteOperador de redUPME / XMInspección© tizagrp.comcliente y proyectooperador de redUPME / XMinspección RETIEdiseñoconstruccióninspeccióndictamenreporteSICERCOenergizaciónsi el operador pide correcciones, vuelve a la revisiónservicio de trámites: próximamenteActoresClienteOperador de redUPME / XMInspección© tizagrp.com
Certificación RETIE y dictamen de inspección. Ubicación en el sistema, principio de funcionamiento e IEC 61850. Ilustrativo: los valores reales salen de la placa y del manual del fabricante.
Respuesta corta

La certificación RETIE demuestra que una instalación eléctrica cumple el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas del Ministerio de Minas y Energía (Resolución 40117 de 2024, modificada por la 40284 de 2026). Se compone de declaraciones de cumplimiento del diseñador y del constructor y, cuando el reglamento exige certificación plena, de un dictamen de inspección emitido por un organismo acreditado por ONAC. El operador de red la pide antes de energizar.

Qué es la certificación RETIE

El Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) es el reglamento obligatorio del Ministerio de Minas y Energía para las instalaciones eléctricas en Colombia: generación, transmisión, subestaciones, distribución y uso final. La versión vigente se adoptó con la Resolución 40117 de 2024, publicada en abril de 2024, y la Resolución 40284 de 2026, publicada el 1 de julio de 2026, modificó sus cuatro libros y anexos.

Certificar una instalación significa demostrar que cumple el reglamento. El RETIE trata la instalación eléctrica como un producto: la certificación es individual por instalación, y mientras no exista no puede usarla el usuario final. Por eso el operador de red no energiza una instalación nueva, ampliada o remodelada sin esa demostración.

Declaraciones y dictamen: dos niveles

  • Declaraciones de cumplimiento: para instalaciones nuevas, ampliadas o remodeladas, el diseñador declara que el diseño cumple el RETIE y el constructor declara que lo construido cumple el diseño y el reglamento. El diseñador puede incluir desviaciones al reglamento solo cuando sean estrictamente necesarias, con justificación técnica y análisis de riesgo.
  • Certificación plena: además de las declaraciones, exige un dictamen de inspección emitido por un organismo de inspección acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) bajo la ISO/IEC 17020, con principios de independencia e imparcialidad.

El artículo 4.3.2 del reglamento lista las instalaciones que la requieren. Entre las que más interesan a la industria y a los proyectos de conexión: subestaciones de distribución, de potencia, de alta y de extra alta tensión; líneas de más de 57,5 kV; centrales de generación; instalaciones industriales de 20 kVA o más; comerciales de más de 15 kVA; autogeneración y generación distribuida de 10 kVA o más que entregan excedentes, y autogeneración no conectada de 10 kVA o más. Las demás se certifican solo con las declaraciones. Las que requieren dictamen deben tener diseño eléctrico.

Quién interviene

  • El diseñador y el constructor, profesionales competentes con matrícula vigente.
  • El propietario, que contrata la inspección y es titular del certificado.
  • El organismo de inspección, acreditado por ONAC, con inspectores certificados en el alcance correspondiente.
  • El Ministerio de Minas y Energía, que expide el reglamento pero no aprueba diseños.
  • La Superintendencia de Industria y Comercio, que administra el SICERCO, donde se reportan los dictámenes y las instalaciones no aprobadas.
  • El operador de red, que exige el certificado para energizar.

Qué revisa la inspección

Sin entrar en el procedimiento del organismo, la inspección contrasta lo construido con el diseño y con el reglamento. En subestaciones y plantas suele cubrir:

  • Documentación: diseño firmado, memorias, declaraciones, certificados de producto de los equipos. Vea requisitos de planos y diseño.
  • Distancias de seguridad y señalización.
  • Sistema de puesta a tierra: continuidad, mediciones y su coherencia con el diseño de la malla de puesta a tierra.
  • Protecciones contra sobrecorriente y sobretensión, incluidos los descargadores de sobretensiones cuando aplican.
  • Equipos con certificado de conformidad de producto.
  • Pruebas y mediciones que el reglamento exige para el tipo de instalación.

Etapas a alto nivel

  1. Diseño conforme al RETIE y declaración del diseñador.
  2. Construcción y declaración del constructor.
  3. Contratación del organismo de inspección.
  4. Inspección documental y en sitio.
  5. No conformidades y correcciones, y verificación de las correcciones.
  6. Dictamen de aprobación, firmado por el inspector y el director técnico del organismo, y su reporte en el SICERCO.
  7. Entrega del certificado al operador de red para la energización.

Vigencias que conviene conocer

El certificado no es eterno. El artículo 4.3.4 del RETIE exige que las instalaciones con certificación plena se revisen y revaliden con un nuevo dictamen: cada 5 años las instalaciones especiales, minas y túneles; cada 10 años las de uso final, excepto las unidades residenciales, y cada 15 años las de generación, líneas de transmisión, subestaciones y redes de distribución, contados desde el último dictamen. El usuario tiene seis meses adicionales para presentar el dictamen de revisión al operador de red. Los inspectores, por su parte, necesitan un certificado de competencias vigente, emitido por un organismo acreditado bajo la ISO/IEC 17024.

Instalación con certificación plenaNuevo dictamen cada
Instalaciones especiales, minas y túneles5 años
Uso final, excepto unidades residenciales10 años
Generación, líneas de transmisión, subestaciones y redes de distribución15 años

Sobre la transición: la Resolución 40304 de 2025 la extendió hasta el 31 de diciembre de 2025. Según la Resolución 40284 de 2026, las instalaciones que iniciaron obra antes del 1 de enero de 2026 pueden certificarse con el reglamento anterior (Resolución 90708 de 2013), demostrando la fecha con el acta de inicio o el contrato de obra; las que iniciaron después se certifican con el reglamento vigente.

Lo que el dictamen no reemplaza

El dictamen RETIE demuestra seguridad de la instalación, pero no reemplaza la aprobación de la conexión del operador de red, la verificación del sistema de medida ni las pruebas de puesta en servicio. Son requisitos paralelos, revisados por actores distintos, y conviene programarlos juntos.

Errores que retrasan el dictamen

  • Construir algo distinto al diseño sin actualizar planos ni declaraciones.
  • Equipos sin certificado de producto RETIE o con certificados de otra referencia.
  • Mediciones de puesta a tierra que no se hicieron o que no corresponden al diseño.
  • Desviaciones al reglamento sin justificación técnica ni análisis de riesgo.
  • Contratar la inspección al final, cuando ya no hay margen para corregir antes de la fecha de energización.
  • Confundir declaración con certificación plena y llegar al operador sin dictamen.

Cómo encaja con el resto del trámite

El certificado RETIE es uno de los requisitos para la visita de recibo y la energización con el operador; los otros son el sistema de medida, la frontera comercial y las pruebas de puesta en servicio. Vea energización y puesta en servicio con el operador de red y la guía general de conexión a la red en Colombia.

Cómo le ayudamos

No somos organismo de inspección, pero sí podemos dejar la instalación lista para el dictamen. En Tiza Group preparamos los estudios para la puesta en servicio, con ajustes de protecciones sustentados, y hacemos las pruebas y la puesta en servicio de subestaciones, industria y plantas solares, con protocolos que el inspector y el operador pueden revisar. Escríbanos y le contamos cómo empezar.

Referencias

  • Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), Resolución 40117 de 2024 del Ministerio de Minas y Energía.
  • Resolución 40284 de 2026 del Ministerio de Minas y Energía, que modifica los libros 1 a 4 del RETIE y fija su transición.
  • Resolución 40304 de 2025 (prórroga de la transición hasta el 31 de diciembre de 2025).
  • Ministerio de Minas y Energía, página oficial del RETIE y preguntas frecuentes.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la certificación plena RETIE?

Es la que reúne las declaraciones de cumplimiento del diseñador y del constructor y el dictamen de inspección de un organismo acreditado por ONAC. El artículo 4.3.2 del RETIE la exige, entre otros casos, a subestaciones de distribución, potencia, alta y extra alta tensión, centrales de generación, instalaciones industriales de 20 kVA o más y autogeneración o generación distribuida de 10 kVA o más.

¿El Ministerio de Minas aprueba los diseños RETIE?

No. Según el propio Ministerio, no aprueba diseños ni emite conceptos favorables. Es el organismo de inspección el que emite el dictamen de aprobación o no aprobación y lo reporta en el SICERCO, el sistema que administra la Superintendencia de Industria y Comercio, donde el operador de red y el comercializador verifican su autenticidad.

¿Quién contrata la inspección RETIE?

El propietario o el representante legal de la instalación contrata al organismo de inspección acreditado y es el titular del certificado. El organismo debe estar acreditado por ONAC en el alcance de la instalación, y sus inspectores, certificados.

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