Qué es y cuándo se necesita
Un estudio de conexión demuestra que la red puede recibir su proyecto sin salirse de los límites de tensión, de cargabilidad y de cortocircuito, y propone la forma de conectarlo. La Resolución CREG 075 de 2021 lo define como el estudio cuyos análisis y conclusiones soportan la viabilidad técnica de las alternativas de conexión de un proyecto al Sistema Interconectado Nacional (SIN).
Hay tres versiones:
| Estudio | Para qué proyectos | Ante quién | Contenido fijado por |
|---|---|---|---|
| Estudio de conexión y de disponibilidad de espacio físico | Clase 1: usuarios finales al STR o al STN, generación, cogeneración, autogeneración y almacenamiento fuera de la CREG 174 | UPME, por la ventanilla única | Circulares CREG 010 y 058 de 2022 y 047 de 2023 |
| Estudio o diseño del proyecto | Clase 2: usuarios finales en el SDL, según sus características | Operador de red | Circular de la CREG (artículo 44 de la CREG 075) y la norma del operador |
| Estudio de conexión simplificado | AGPE y GD de más de 100 kW y AGGE con potencia máxima declarada menor de 5 MW | Operador de red | El CNO, publicado por circular de la CREG |
El estudio simplificado no aplica a la autogeneración sin entrega de excedentes ni a los AGPE o la generación distribuida de 100 kW o menos, salvo que el circuito o el transformador no cumpla los estándares de disponibilidad (artículo 17 de la CREG 174 de 2021), caso en que se exige el estudio simplificado. Es parte de nuestro servicio de diseño de ingeniería y estudios, y llega después de la factibilidad de conexión.
Qué incluye
Para un proyecto clase 1 seguimos el contenido mínimo que publicó la CREG a propuesta de la UPME:
- Modelo de la red: el STN, los STR y, si el punto está en el SDL, el SDL del área de influencia, con las expansiones aprobadas y los criterios de calidad, confiabilidad y seguridad del Código de Redes y del Reglamento de Distribución.
- Al menos dos alternativas de conexión. Si alguna expande activos de uso, una de ellas debe conectar a una subestación existente.
- Horizonte de análisis que cubre por lo menos el año de entrada en operación y el quinto año posterior, con los escenarios de despacho y demanda que publica la UPME para el área.
- Estado estable y contingencias: flujo de carga por escenario, año y alternativa, con la cargabilidad comparada con los límites de emergencia, las tensiones frente a los límites regulatorios, las pérdidas por STN, STR y SDL en MW y MWh al año, y contingencias sencillas N-1.
- Cortocircuito según IEC 60909: aporte del proyecto a fallas monofásicas y trifásicas y comparación con la capacidad de interrupción de las subestaciones del área. Para plantas solares y eólicas, la relación de cortocircuito (SCR) en el punto, o métricas como WSCR o CSCR cuando hay varias plantas cercanas.
- Estabilidad transitoria y dinámica: tensión, frecuencia y ángulo del rotor, con la verificación de los tiempos de recuperación que exige el Código de Redes.
- Estudio de disponibilidad de espacio físico: configuración de la subestación, bahías usadas y reservadas, plano de planta, propuesta conceptual de la conexión, necesidades de control y protecciones, y conclusión.
- Anexos: demanda, parámetros eléctricos de los activos de conexión, unidades constructivas y evaluación de beneficio y costo cuando hay activos de uso, y la información del recurso primario para solares y eólicos.
Para los proyectos clase 2 y los de la CREG 174, el alcance sigue la circular aplicable y la norma técnica del operador. Según el proyecto, el operador puede pedir además la coordinación de protecciones del punto de conexión o la evaluación de armónicos y fluctuaciones de tensión de cargas especiales.
Cómo trabajamos
Lo hacemos desde nuestra oficina, para proyectos en cualquier región.
- Reunión de alcance. Revisamos la factibilidad o la información de la ventanilla única, la clase del proyecto y lo que pedirá quien lo revise.
- Información de la red. Para clase 1, los transportadores reportan la información de sus sistemas en la ventanilla única; para clase 2, el operador debe entregarla en cinco días hábiles. Si hay que conocer el punto de conexión, la visita se pide al transportador por la ventanilla única, que debe programarla en un máximo de quince días hábiles.
- Modelo y simulaciones. Construimos el modelo en herramientas como DIgSILENT PowerFactory o ETAP y corremos los escenarios y alternativas.
- Informe. Entregamos el informe con resultados legibles por escenario y la alternativa recomendada, en los formatos de la UPME o del operador.
- Comentarios hasta la aprobación. Atendemos los comentarios del transportador o del operador. En clase 2, la regulación da treinta días hábiles para hacer los ajustes que pida el operador; si no se hacen, la solicitud puede entenderse desistida.
Qué necesitamos de usted
- Descripción del proyecto: capacidad, tecnología, punto de conexión pedido y fecha prevista de operación.
- Respuesta de factibilidad o información de la ventanilla única, si ya la tiene.
- Datos de placa o hojas de datos de transformadores, generadores, inversores, cables y líneas del proyecto.
- Ubicación georreferenciada.
- Para generación solar o eólica, la información del recurso primario que exige el anexo de la CREG.
- La norma técnica del operador de red, si la conexión es en el SDL.
Criterios y normas
- Resolución CREG 075 de 2021, artículos 6 a 10 (clase 1) y 42 a 44 (clase 2). El transportador revisa los estudios a su costo y comenta en veinte días hábiles; en clase 2, el operador responde en siete días hábiles en nivel 1 y en quince en los demás niveles.
- Circular CREG 010 de 2022, con sus modificaciones de las circulares 058 de 2022 y 047 de 2023: contenido del estudio de conexión y del de espacio físico.
- Código de Redes (Resolución CREG 025 de 1995): criterios de calidad, confiabilidad y seguridad, y requisitos del Código de Conexión para el STN.
- Resolución CREG 174 de 2021, artículo 12: estudio de conexión simplificado.
- IEC 60909-0 para el cortocircuito, que el anexo de la CREG exige como metodología.
Hoy pesa además un hecho regulatorio. La CREG 101 071 de 2025 suspendió en marzo de 2025 el plazo anual de radicación de los proyectos clase 1. Hoy rige el régimen transitorio de la CREG 101 094 de 2025, que solo admite los proyectos con obligaciones (subastas del cargo por confiabilidad o de contratación de largo plazo) y los proyectos con trámites ambientales cumplidos. Con base en ella y en la Resolución UPME 358 de 2026, la UPME publicó la capacidad de transporte disponible por subestación y, según lo informado por el Ministerio de Minas y Energía, abrió el 11 de junio de 2026 la radicación de los proyectos con trámites ambientales cumplidos. Mientras rija ese régimen, los proyectos de menos de 10 MW que se conectan al SDL los resuelve el operador de red; la UPME, los del STR y el STN y los de 10 MW o más. Las conexiones de usuarios finales y la autogeneración sin entrega de excedentes siguen la excepción de los artículos 9 y 11 de la CREG 075. El detalle está en la guía del procedimiento de conexión CREG 075.
Qué recibe
- Informe del estudio de conexión con la alternativa recomendada.
- Anexos de estado estable, contingencias, cortocircuito y estabilidad, con tablas en Excel.
- Estudio de disponibilidad de espacio físico, cuando aplica.
- Respuesta documentada a los comentarios del revisor.
Por qué Tiza Group
- Del estudio a la energización con el mismo equipo: el modelo de la conexión es la base de la coordinación de protecciones y de los estudios para la puesta en servicio, sin rehacer nada.
- Media, alta y extra alta tensión, para cargas industriales, subestaciones y plantas de generación.
- Remoto, esté donde esté el proyecto.
¿Necesita el estudio de conexión de su carga o de su planta? Cuéntenos el proyecto y le proponemos el alcance.