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Multa por bajo factor de potencia CFE: cómo se calcula

Cómo calcula CFE el recargo por bajo factor de potencia y la bonificación por factor alto: fórmula oficial, ejemplos y usuarios grandes.

Por Shadai García, ingeniero electricista, fundador y CEO de Tiza Group.

redkWhkVArhmedidor de fronteraPMT/BT52 BTbarra BTM=~MQFP 0,8: mucha Q, S mucho mayor que Pel banco entra por pasos y Q de la red bajaFP 0,97: el transformador libera kVAbaja la carga: sobrecompensa, Q capacitivael regulador retira un pasoFP 0,8: mucha Q, S mucho mayor que PPQSFP 0,80FP 0,89FP 0,97FP 0,97 cap.FP 0,99FP 0,80S baja de 250 a 206 kVA≈ 18 % de kVA liberadosQ capacitiva en la redvalores de ejemplo, ilustrativosP activa · Q reactiva · S aparenteEstudioMediciónPerfil de cargaArmónicosDimensionamientoVerificación© tizagrp.comredkWhkVArhmedidor de fronteraPMT/BT52 BTbarra BTM=~MQFP 0,8: mucha Q, S mucho mayor que Pel banco entra por pasos y Q de la red bajaFP 0,97: el transformador libera kVAbaja la carga: sobrecompensa, Q capacitivael regulador retira un pasoFP 0,8: mucha Q, S mucho mayor que PPQSFP 0,80FP 0,89FP 0,97FP 0,97 cap.FP 0,99FP 0,80S baja de 250 a 206 kVA≈ 18 % de kVA liberadosQ capacitiva en la redvalores de ejemplo, ilustrativosP activa · Q reactiva · S aparenteEstudioMediciónPerfil de cargaArmónicosDimensionamientoVerificación© tizagrp.com
Factor de potencia en la industria: triángulo de potencias y banco automático. Ubicación en el sistema, principio de funcionamiento e IEC 61850. Ilustrativo: los valores reales salen de la placa y del manual del fabricante.
Respuesta corta

CFE no cobra una multa fija por bajo factor de potencia: aplica un porcentaje de recargo sobre el monto de la factura cuando el factor de potencia promedio del periodo es menor de 90 % atrasado, y una bonificación cuando es igual o mayor. El recargo vale 3/5 × (90/FP − 1) × 100 con tope de 120 %, y la bonificación 1/4 × (1 − 90/FP) × 100 con tope de 2,5 %. Para usuarios de media tensión con 1 MW o más contratado y de alta tensión, el valor de referencia es el que fija el Código de Red para centros de carga.

Recargo, no multa

En México se habla de «multa por bajo factor de potencia», pero lo que aplica CFE como suministrador de servicios básicos es un recargo porcentual sobre la factura cuando el factor de potencia es bajo, y una bonificación cuando es bueno. Las reglas están en los criterios de aplicación de las tarifas finales del suministro básico que autoriza la Comisión Nacional de Energía (CNE), sucesora de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) desde marzo de 2025. Para 2026 es el Acuerdo CT/11.SE/8-2025, numeral 5.5 «Factor de Potencia», que dejó sin efectos el A/158/2024; las fórmulas no cambiaron.

El concepto de factor de potencia, y por qué baja en una planta, está en factor de potencia en la industria.

Las reglas

  1. El usuario debe procurar un factor de potencia lo más cercano posible a 100 %.
  2. Si el factor de potencia promedio del periodo de facturación es menor de 90 % atrasado, el suministrador puede cobrar un porcentaje de recargo sobre el monto de la facturación.
  3. Si es igual o mayor de 90 %, el suministrador debe bonificar un porcentaje de la factura.
  4. Los porcentajes se redondean a un decimal. El recargo nunca supera 120 % y la bonificación nunca supera 2,5 %.
  5. Para usuarios en media tensión con demanda contratada de 1 MW o más y para los conectados en alta tensión, el requerimiento mínimo que reemplaza al 90 % en las fórmulas es el del Manual Regulatorio de Requerimientos Técnicos para la Conexión de Centros de Carga, emitido con la resolución RES/550/2021 de la CRE, o el que lo sustituya.

Las fórmulas

Con FP expresado en por ciento y 90 como requerimiento mínimo general:

  • Recargo (FP < 90 %): porcentaje = 3/5 × ((90 / FP) − 1) × 100
  • Bonificación (FP ≥ 90 %): porcentaje = 1/4 × (1 − (90 / FP)) × 100
Factor de potenciaResultado
70 %Recargo de 17,1 %
80 %Recargo de 7,5 %
85 %Recargo de 3,5 %
90 %Ni recargo ni bonificación
95 %Bonificación de 1,3 %
100 %Bonificación de 2,5 % (máxima)

Dos lecturas útiles de la tabla. Primero, el recargo crece rápido: bajar de 85 % a 70 % multiplica el porcentaje casi por cinco. Segundo, como el porcentaje se aplica al monto de la factura, en una tarifa de gran demanda (como GDMTH) un par de puntos de recargo puede ser mucho dinero cada mes.

Usuarios grandes: el Código de Red

Las plantas en media tensión con 1 MW o más contratado y las de alta tensión tienen un doble frente. En la factura, el recargo se calcula con el requerimiento de factor de potencia del manual de centros de carga, no con 90 %. Y fuera de la factura, ese mismo manual forma parte del Código de Red, cuyo cumplimiento supervisa hoy la CNE. El valor y la forma de evaluarlo dependen de la versión vigente del manual, así que conviene revisarlos con su contrato y la publicación oficial antes de dimensionar la compensación.

Fuera de México los esquemas son distintos: en Colombia, por ejemplo, el cobro es por kVArh en exceso hora a hora y no un porcentaje de la factura. Lo explicamos en cobro de energía reactiva en Colombia.

Por qué baja el factor de potencia en una planta

  • Motores trabajando con poca carga.
  • Transformadores energizados con poca carga en noches y fines de semana.
  • Bancos de capacitores con pasos fuera de servicio o regulador mal ajustado.
  • Armónicos de variadores y rectificadores, que además pueden dañar los capacitores.

Cómo se corrige

Con compensación de reactiva: banco de capacitores (en Colombia, condensadores) automático por pasos en el tablero principal, capacitores junto a los motores grandes, bancos con reactores de desintonía cuando hay variadores, o filtros activos cuando el problema incluye armónicos. Lo importante es dimensionar con mediciones reales y no solo con la factura: un banco calculado con el promedio puede quedarse corto en las horas pico o entrar en resonancia con los armónicos. Vea banco de condensadores y armónicos de variadores de frecuencia.

Si su planta tiene muchos variadores, el factor de potencia que mide el suministrador puede ser bajo aunque la reactiva sea poca, porque los armónicos también lo reducen. En ese caso un banco de capacitores tradicional no es la solución y puede empeorar el problema.

Dónde verlo en el recibo

El recibo de una tarifa de media tensión muestra el factor de potencia del periodo y el cargo o la bonificación que resultó. Para entender de dónde sale, conviene tener además los registros del medidor: energía activa y reactiva por intervalo. Con ellos se ve si el factor de potencia es bajo todo el mes o solo en ciertos horarios, por ejemplo cuando la planta trabaja con poca carga, y eso cambia la solución. Vea medidor de energía y multifunción.

Errores comunes al corregirlo

  • Comprar un banco por catálogo con los kVAr que «faltan» según el promedio del recibo, sin medir cómo varía la carga.
  • Instalar capacitores sin reactores en una planta con variadores: el banco entra en resonancia, se calienta y los fusibles se funden.
  • Olvidar el mantenimiento: pasos fuera de servicio, contactores pegados o un regulador desconfigurado devuelven el recargo en pocos meses. La prueba de bancos de condensadores muestra la capacidad real de cada paso.
  • Sobrecompensar: un exceso de capacitores eleva la tensión en horas de poca carga y puede dañar equipos.

Cómo le ayudamos

Nuestro equipo hace estudios de compensación de energía reactiva y de calidad de potencia: analizamos su recibo y los registros del medidor, dimensionamos el banco o el filtro, verificamos el riesgo de resonancia y le entregamos la especificación para comprar e instalar. El estudio y el diseño los hacemos de forma remota para plantas en México y Latinoamérica; también configuramos de forma remota relés de protección para usuarios en México.

Conozca nuestro servicio de calidad de potencia y la configuración remota de relés en México, o escríbanos con su recibo.

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Referencias

  • Comisión Nacional de Energía, Acuerdo CT/11.SE/8-2025 (29 de diciembre de 2025, tarifas del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026), numeral 5.5 «Factor de Potencia»; deja sin efectos el Acuerdo A/158/2024 de la extinta CRE.
  • Comisión Reguladora de Energía, RES/550/2021, Manual Regulatorio de Requerimientos Técnicos para la Conexión de Centros de Carga al Sistema Eléctrico Nacional.
  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Acuerdo que modifica las disposiciones complementarias a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica (origen de las fórmulas de recargo y bonificación).

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el factor de potencia mínimo que pide CFE?

Para la mayoría de usuarios del suministro básico, 90 % atrasado promedio en el periodo de facturación. Para usuarios en media tensión con demanda contratada de 1 MW o más y para los de alta tensión, el requerimiento mínimo es el del Manual de Requerimientos Técnicos para la Conexión de Centros de Carga (RES/550/2021), más exigente que 90 %.

¿Cómo se calcula el recargo por bajo factor de potencia de CFE?

Porcentaje de recargo = 3/5 × ((90 / FP) − 1) × 100, con FP en por ciento. Ese porcentaje se aplica al monto de la facturación. Por ejemplo, con FP de 85 % el recargo es 3,5 % y con 80 % es 7,5 %. Nunca supera 120 %.

¿CFE paga por tener un buen factor de potencia?

Sí. Si el factor de potencia es igual o mayor a 90 %, CFE bonifica 1/4 × (1 − 90/FP) × 100 por ciento de la factura, con un máximo de 2,5 %, que se alcanza con factor de potencia de 100 %.

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